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    Auto Supremo AS/SNC/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/SNC/2008

    Fecha: 28-Feb-2008

    Consecuentemente, si bien existe una opinión de fondo, la misma está referida exclusivamente a las


    Consecuentemente, si bien existe una opinión de fondo, la misma está referida exclusivamente a las razones de la acción tutelar y no al proceso penal seguido contra el imputado, por lo que corresponderá en juicio, en el caso eventual de que los informes sean judicializados efectuar un análisis y valoración de su contenido a tiempo de pronunciarse sentencia
    • CONSIDERANDO: Que en el caso concreto de la Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez, la causal prevista
    • En el caso de autos, la Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez, si bien tuvo participación en
    • Consecuentemente, si bien existe una opinión de fondo, la misma está referida exclusivamente a las
    • POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ACEPTA
    • FIRMADO

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