CONSIDERANDO: Que habiéndose formalizado acusación pública por el Fiscal General de la República en contra
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: S/N
EXP. N°: 254/2007
PROCESO: Juicio de Responsabilidad
PARTES: Acusación formal presentada por el Fiscal General de la República c/ Luis Alberto Valle Ureña, ex Prefecto del Departamento de La Paz, Jorge Víctor Sánchez Peña Sattori y Javier Valle Alcoreza.
FECHA: 26 de febrero de 2008
VISTOS EN SALA PLENA: Las excusas formuladas por los Ministros José Luis Baptista Morales, Jaime Ampuero García, Beatriz Sandoval de Capobianco y Ángel Irusta Pérez, los antecedentes procesales; y
CONSIDERANDO: Que habiéndose formalizado acusación pública por el Fiscal General de la República en contra de Luis Alberto Valle Ureña, ex Prefecto del Departamento de La Paz, Javier Valle Alcoreza y Jorge Víctor Sánchez-Peña Sattori, mediante la providencia de 10 de diciembre del año 2007 se convocó a los señores Ministros de la Corte Suprema a formar sala para el conocimiento del juicio de privilegio constitucional
AUTO SUPREMO: S/N
EXP. N°: 254/2007
PROCESO: Juicio de Responsabilidad
PARTES: Acusación formal presentada por el Fiscal General de la República c/ Luis Alberto Valle Ureña, ex Prefecto del Departamento de La Paz, Jorge Víctor Sánchez Peña Sattori y Javier Valle Alcoreza.
FECHA: 26 de febrero de 2008
VISTOS EN SALA PLENA: Las excusas formuladas por los Ministros José Luis Baptista Morales, Jaime Ampuero García, Beatriz Sandoval de Capobianco y Ángel Irusta Pérez, los antecedentes procesales; y
CONSIDERANDO: Que habiéndose formalizado acusación pública por el Fiscal General de la República en contra de Luis Alberto Valle Ureña, ex Prefecto del Departamento de La Paz, Javier Valle Alcoreza y Jorge Víctor Sánchez-Peña Sattori, mediante la providencia de 10 de diciembre del año 2007 se convocó a los señores Ministros de la Corte Suprema a formar sala para el conocimiento del juicio de privilegio constitucional
- CONSIDERANDO: Que habiéndose formalizado acusación pública por el Fiscal General de la República en contra
- Que una vez notificados los Ministros de éste máximo tribunal, conforme se evidencia de las
- CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 318 del Código de Procedimiento
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara
- FIRMADO
