Auto Supremo AS/0057/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0057/2008

Fecha: 12-Mar-2008

CONSIDERANDO: Que en el memorial que antecede, el demandante señala que habiéndose apersonado en la

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 57/2008

EXP. N°: 299/2007

PROCESO: Contencioso Administrativo

PARTES: Bruno Choque Villanueva en representación de Trans San José S.R.L. contra la Superintendencia Tributaria General

FECHA: 12 de marzo de 2008

VISTOS EN SALA PLENA:El incidente de nulidad de notificación presentado por Bruno Choque Villanueva, Gerente General de la Empresa TRANS SAN JOSÉ S.R.L. en la demanda contencioso administrativa incoada contra la Superintendencia Tributaria General, en la que impugna la Resolución de Recurso Jerárquico STG-RJ/0098/2007 de 8 de marzo de 2007, el informe de la Ministra Tramitadora Beatriz Sandoval de Capobianco; y

CONSIDERANDO: Que en el memorial que antecede, el demandante señala que habiéndose apersonado en la Secretaría de Cámara de la Sala Plena, se le informó que su abogado se había notificado con los actuados judiciales correspondientes; sin embargo, el causídico que suscribió la diligencia de notificación no es el abogado patrocinante que contrató en la ciudad de Oruro. También observa que la notificación prevista por el artículo 135 del Código de Procedimiento Civil no es aplicable - por expresa previsión del artículo 137-I de la misma disposición legal, cuando la resolución contuviere conminatorias y ordenare la reiniciación de términos, normas que no fueron cumplidas por la Oficial de Diligencias, quien notificó a una persona que no es parte en el proceso, el cual a su vez, no tuvo la delicadeza y responsabilidad de comunicar esta notificación y el contenido del decreto