Auto Supremo AS/0105/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0105/2008

Fecha: 25-Mar-2008

Que en materia de valoración de la prueba, la ley, la doctrina y la uniforme


Que en materia de valoración de la prueba, la ley, la doctrina y la uniforme jurisprudencia nacional establecen que la apreciación de la prueba, conforme a su prudente arbitrio y sana crítica, compete privativamente a los jueces de grado, quienes son soberanos a tiempo de valorarlas al momento de decidir la causa e incensurables en casación, a menos que se demuestre que el juez hubiere incurrido en error de derecho o de hecho, presupuesto que no concurre en el caso de autos