Auto Supremo AS/0105/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0105/2008

Fecha: 25-Mar-2008

Que los recurrentes acusan como causal de casación la violación del artículo 48 de la


Que de la revisión de los fundamentos expuestos se evidencia que los recurrentes no precisan en forma puntual cual la audiencia del debate que se hubiera realizado sin la presencia de sus abogados defensores, tampoco puntualizan cuales los requisitos esenciales omitidos por el fallo recurrido; empero del análisis de los antecedentes del proceso se concluye que no son evidentes las infracciones acusadas, por cuanto en la tramitación del proceso no se ha vulnerado el principio de publicidad y el Auto impugnado se circunscribe a resolver los puntos recurridos en apelación en estricta sujeción a lo dispuesto por el artículo 278 del Código de Procedimiento Penal de 1972.

Que los recurrentes acusan como causal de casación la violación del artículo 48 de la ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas y del artículo 133 del Código de Procedimiento Penal, argumentando no haber sido asistidos por abogado defensor a tiempo de prestar sus declaraciones informativas ante la Fuerza Especial de Lucha contra el Narcotráfico y no existir prueba plena en su contra que genere certidumbre sobre su culpabilidad, por lo que solicitan que el Tribunal de Casación examine las pruebas y deliberando en el fondo Case el Auto recurrido declarando su absolución