CONSIDERANDO: Que, Darwin Richard Anzoátegui Roca mediante el recurso de fojas 238 a 240 expresa
CONSIDERANDO: Que, Darwin Richard Anzoátegui Roca mediante el recurso de fojas 238 a 240 expresa:
1) El auto recurrido no ha resuelto ni fundamentado todos los puntos reclamados en la apelación restringida;
2) Ha mantenido la errónea aplicación del artículo 351 del Código de Procedimiento Penal; y
3) La resolución recurrida no ha tomado en cuenta la vulneración del artículo 370 numerales 1) y 6) de la ley N° 1970;
Por separado invoca como precedentes los Autos Supremos N° 411 de 20 de octubre de 2006, 349 de 28 de agosto de 2006 y 152 de 2 de febrero de 2007. Concluye, solicitando se emita Doctrina Legal Aplicable, dejando sin efecto el auto recurrido
- Resolución impugnada por Mauro Parada Vargas y que fue dejada sin efecto por el auto
- CONSIDERANDO: Que, Darwin Richard Anzoátegui Roca mediante el recurso de fojas 238 a 240 expresa
- CONSIDERANDO: El recurso de Darwin Richard Anzoátegui Roca no cumple con la regla legal de
- Sin embargo, la denuncia de que el tribunal ad quen no resolvió todos los puntos
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Regístrese, hágase saber
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Libro Tomas de Razón 1/2.008
