POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del artículo 15 de la Ley de Organización Judicial y el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara la ADMISIBIBILIDAD del recurso de casación interpuesto por Darwin Richard Anzoátegui Roca de fojas 238 a 240; asimismo, se ordena que por Secretaría de Cámara se remita a todas las Cortes Superiores de Justicia del país, fotocopias legalizadas de la sentencia, auto de vista y el presente auto de admisión, a efectos del artículo 418 párrafo segundo del Código de Procedimiento Penal
- Resolución impugnada por Mauro Parada Vargas y que fue dejada sin efecto por el auto
- CONSIDERANDO: Que, Darwin Richard Anzoátegui Roca mediante el recurso de fojas 238 a 240 expresa
- CONSIDERANDO: El recurso de Darwin Richard Anzoátegui Roca no cumple con la regla legal de
- Sin embargo, la denuncia de que el tribunal ad quen no resolvió todos los puntos
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Regístrese, hágase saber
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Libro Tomas de Razón 1/2.008
