CONSIDERANDO: Que, el auto de vista pronunciado por la Sala Civil Segunda de la R
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.
VISTOS: El recurso de compulsa de fs. 33-34, interpuesto por Alberto Alejandro Rallin, contra el auto que deniega la concesión del recurso de casación, pronunciado el 29 de enero de 2008, por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del concurso necesario de acreedores seguido por María Inés Cinthya Gutiérrez Vaca Díez contra Alberto Alejandro Rallin, los antecedentes del cuaderno procesal adjunto y,
CONSIDERANDO: Que, el auto de vista pronunciado por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en fecha 19 de octubre de 2007, confirma el auto de 6 de junio de 2006, por el que se dispuso la adjudicación del bien inmueble objeto de remate a favor del Banco demandante
- AUTO SUPREMO N ° 60 Sucre, 22 de abril de 2008
- del Distrito Judicial de Santa Cruz
- CONSIDERANDO: Que, el auto de vista pronunciado por la Sala Civil Segunda de la R
- Contra el referido auto de vista de fs
- Que, contra la resolución que dispone la adjudicación de bienes, sólo procede el recurso de
- Finalmente, es necesario dejar establecido que si bien es cierto que las resoluciones pronunciadas dentro
- Se gradúa la multa en el equivalente a tres días del haber que percibe el
- No interviene la señora Ministra Rosario Canedo Justiniano, por excusa declarada legal
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído : Sucre, 22 de abril de 2008
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
