CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 263-264, interpuesto por Margarita Concepción Torres Melazzini y Sandra Mireya Leaño Tórrez, la primera Administradora Regional de Sucre y la segunda Abogada Regional de Sucre del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, contra el Auto de Vista No. 342/2007 de 24 de octubre de 2007 (fs. 258-261), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del Recurso de Reclamación de recálculo de renta de vejez, seguido por Edgar Torres Gumiel contra la entidad recurrente, la respuesta de fs. 270-271, el dictamen fiscal de fs. 275-276, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs. 225-228, la Comisión de Reclamación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, emitió la Resolución No. 187.07 de 2 de febrero de 2007 (fs. 236-237), confirmando la Resolución Nº 003357 de 10 de abril de 2006 (fs. 184), emitida por la Comisión Calificadora de Rentas, al haber sido expedida de conformidad a normas que rigen la materia
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación, interpuesto por el actor por memorial de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación, analizando si lo denunciado es evidente
- Asimismo, cursa en obrados el certificado de matrimonio de fs
- CONSIDERANDO III: Que, por lo analizado, se establece que el recurso de casación en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
