Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs. 104-106, planteado por el representante del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), quien alega que el tribunal de alzada realizó errónea interpretación de los arts. 5, 55 y 57 de la Ley Nº 1732, 44 inc. 1) del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición de la Unidad de Recaudación, art. 1 de la Resolución Ministerial Nº 274 de 27 de marzo de 2000 y 13 lit. f) del Código de Seguridad Social, señalando que el actor del sector bancario no cuenta con la densidad de cotizaciones necesarias para acceder a la prestación de renta única de vejez, al haberse establecido que el asegurado exfuncionario del Banco del Estado, solamente cuenta con 231 cotizaciones, al no haber efectuado aportes por los períodos 09/78 a 03/87. Con estos argumentos pretende justificar que no corresponde otorgar renta única de vejez al actor, por lo que impetra se case el auto de vista recurrido
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación, interpuesto por el actor por memorial de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso de casación, analizando si lo denunciado es evidente
- 2) En la especie, la entidad recurrente (SENASIR) no consideró que el impetrante presentó toda
- 3) Ante tal situación, al haber revocado el tribunal de apelación, por Auto de Vista
- CONSIDERANDO III: Que por lo expuesto, revisado el recurso de casación en el fondo, se
- Sobre el particular y de la revisión de obrados, se colige que lo denunciado en
- Que en ese marco legal, se concluye que no se observa violación de norma legal
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
