Auto Supremo AS/0114/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0114/2008

Fecha: 07-May-2008

POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en


POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en aplicación del artículo 10 parágrafo IV de la Ley Nº 1760, RECHAZA la recusación interpuesta, con costas y multa, que de conformidad con el Reglamento de Multas Procesales del Poder Judicial, será equivalente a tres días de haber de un Ministro y que será depositada en la cuenta correspondiente a la Corte Suprema de Justicia