CONSIDERANDO I: Que en ejecución de sentencia, el Juez 1º de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo presentado a Fs. 437, interpuesto por Gloria F. Castellón Terrazas, en representación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (Y.P.F.B.), contra el Auto de Vista Nº 022/2004 de 20 de agosto de 2004, cursante a Fs. 434-435, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro el proceso coactivo fiscal seguido por Y.P.F.B. contra la empresa METALCO S.R.L., por incumplimiento de contrato, el dictamen fiscal de Fs. 443, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que en ejecución de sentencia, el Juez 1º de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Distrito Judicial de Cochabamba, emitió la Resolución de fecha 21 de junio de 2004 (Fs. 422-423), por el que anuló obrados hasta el vicio más antiguo, vale decir, hasta Fs. 234, a fin de que no se sigan cometiendo más actos irregulares, en estricto apego a lo determinado en el Auto de Vista Nº 008/2004, de 25 de marzo de 2004 (Fs. 416) que anuló el auto de fecha 22 de noviembre de 2003, disponiendo que el juez de la causa dicte uno nuevo, sujetándose a las normas procesales señaladas; dicha Resolución de 21 de junio de 2004, fue confirmada por el Auto de Vista Nº 022/2004, de 20 de agosto de 2004 (Fs. 434-435), que motivó el recurso de casación en el fondo de Fs. 437
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que en ejecución de sentencia, el Juez 1º de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal
- CONSIDERANDO II: Que en cumplimiento a lo previsto por el Art
- Conviene precisar que el entendimiento anterior constituye la regla general aplicada por este tribunal supremo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se impone una multa de Bs
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
