Auto Supremo AS/0161/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0161/2008

Fecha: 05-Jun-2008

Conviene precisar que el entendimiento anterior constituye la regla general aplicada por este tribunal supremo


Conviene precisar que el entendimiento anterior constituye la regla general aplicada por este tribunal supremo en casos análogos, correspondiendo en definitiva aplicar estrictamente lo previsto por el Art. 271 numera 1 y 272 numeral 1, del Código de Procedimiento Civil, por no haberse dado cumplimiento a lo determinado en el Art. 262 numeral 3) de la misma norma legal, con la expresa permisión contenida en los Arts. 1º y 24 de la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal