Auto Supremo AS/0192/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2008

Fecha: 12-Jun-2008

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social


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VISTOS: El recurso de casación de fs. 82-83, interpuesto por Hugo Ortega, en representación del Taller de Tornería DICMA, contra el Auto de Vista Nº 232/2007 de 3 de agosto de 2007 (fs. 79-80) pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso social seguido por Renán Tangara Nieto contra la Empresa recurrente, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió la Sentencia de 22 de febrero de 2005 (fs. 49-52), declarando probada en parte la demanda de fs. 1-2 e improbada la excepción perentoria de pago de fs. 8-9, ordenando a Hugo Ortega Soliz, en su calidad de propietario y representante legal de la Tornería DICMA, pague a favor del actor, la suma de Bs. 16.677,55, por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldos, vacaciones, bono de antigüedad y salario devengado