En recurso de apelación deducida por la parte demandada, por Auto de Vista Nº 232/2007
En recurso de apelación deducida por la parte demandada, por Auto de Vista Nº 232/2007 de 3 de agosto de 2007 (fs. 79-80), se confirma la sentencia apelada, con costas en ambas instancias
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En recurso de apelación deducida por la parte demandada, por Auto de Vista Nº 232/2007
- Que contra el auto de vista, el representante legal de la tornería demandada, interpone recurso
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de casación es
- Que de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido el recurso
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
