POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la atribución 1ª del art. 59 de la Ley de Organización Judicial y aplicando el inc. 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal, de acuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 137 a 138, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el Defensor de oficio de Emerson Almeida de fs. 132 a 133 vlta
- CONSIDERANDO: Que el Tribunal Primero de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de Santa
- Deducida la apelación por la abogada del procesado Emerson Almeida mediante recurso de fs
- CONSIDERANDO: Que, el Defensor de oficio del procesado Emerson Almeida en el recurso de casación
- Con estos argumentos, pide al máximo tribunal casar el auto de vista recurrido y se
- CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el art
- Ahora bien, del examen de los antecedentes que aporta el proceso con relación a las
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- RELATOR: MINISTRO Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
