Auto Supremo AS/0233/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0233/2008

Fecha: 19-Jun-2008

Por otro lado y a manera de ilustración, es pertinente referirse al erróneo procedimiento que


Por otro lado y a manera de ilustración, es pertinente referirse al erróneo procedimiento que impuso el juez a quo a momento de dictar la sentencia, sin emitir en forma conjunta el pliego de cargo. Ciertamente, evidencian un incumplimiento al procedimiento instituido por los arts. 16 y 17 de la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal, empero este hecho no acarrea la nulidad de obrados, sobre la base del Principio de Especificidad previsto por el art. 251 numeral 1 del Código de Procedimiento Civil, concluyéndose en definitiva, que tanto la sentencia como el pliego de cargo deben ser emitidos en forma conjunta