CONSIDERANDO I: Que, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, en
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 166-167 interpuesto por Embotelladoras Bolivianas Unidas S.A. - EMBOL S.A., representada por su apoderado legal Sergio Fernando Pérez Terceros, del Auto de Vista No. 094, cursante a fs 159-160, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, en el proceso laboral sobre reconocimiento y pago de beneficios sociales por despido, seguido por Manuel Néstor Serrano Camacho contra la empresa recurrente; sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, lo alegado por las partes, y
CONSIDERANDO I: Que, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, en conocimiento del proceso, emite la Sentencia No. 50 de fs. 126-128, declarando probada en parte la demanda de fs. 13-14, sin costas; con el fundamento de haber probado la relación laboral por 1 año, 2 meses y 26 días, con un sueldo mensual de Bs. 2.609.-, en base a un contrato inicialmente verbal y, luego, a plazo fijo; correspondiendo el pago que ordena se haga efectivo por la empresa demandada a favor del actor por los conceptos de vacación anual por 2 meses y 26 días, sueldos devengados y aguinaldo por 1 mes y 26 días y prima; en un monto de Bs. 6.859,26; y no así beneficios sociales al no haberse probado el derecho a ellos, siendo el despido justificado por abuso de confianza e incumplimiento del contrato de trabajo
- AUTO SUPREMO Nº 299 - Social Sucre, 12 de junio de 2008
- PARTES: Manuel Néstor Serrano Camacho c/ EMBOL S.A
- CONSIDERANDO I: Que, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, en
- Apelada la Sentencia por ambas partes, a fs
- Auto de Vista No
- CONSIDERANDO II: Que, del análisis y conocimiento del recurso de fs
- Formalizando la interposición del recurso, solicita su concesión para que el Tribunal Supremo, en correcta
- De donde se concluye ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso, en el conocimiento
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 12 de junio de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
