Que revisados los datos del proceso se concluye que corresponde rechazar la pretensión de la
Que revisados los datos del proceso se concluye que corresponde rechazar la pretensión de la impetrante en atención a que, si bien el derecho de iniciar una acción penal contra alguien a quien se percibe como autor de un delito se extingue por el solo transcurso del tiempo, tal resultado se produce únicamente cuando desde la comisión del hecho punible hasta el momento en que se trata de iniciar proceso, se ha cumplido el lapso marcado por la ley para ese efecto
- VISTOS: el memorial de 17 de diciembre de 2007 (fojas 223 a 225), por medio
- Que la impetrante presentó su solicitud invocando el hecho de que, por estar el delito
- Que revisados los datos del proceso se concluye que corresponde rechazar la pretensión de la
- Que en mérito a ese principio se puede apreciar que, habiéndose iniciado la acción penal
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
