Auto Supremo AS/SNH/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/SNH/2008

Fecha: 18-Jul-2008

CONSIDERANDO: Que, en el presente caso se establece que a tiempo de realizarse el cómputo


CONSIDERANDO: Que, en el presente caso se establece que a tiempo de realizarse el cómputo del plazo de la prescripción, este Tribunal de manera clara concluyó que la etapa de antejuicio comprende desde el momento en que la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia emite la resolución disponiendo la remisión de antecedentes al Congreso Nacional, hasta que este órgano pronuncie la respectiva resolución congresal autorizando el enjuiciamiento de la parte imputada; criterio que mantiene este Supremo Tribunal teniendo en cuenta que en un caso anterior de igual forma se estableció, que en los juicios de privilegio constitucional contemplados en el artículo 118 atribución 5ª de la Constitución Política del Estado, el antejuicio al que hace referencia el artículo 32-3) del Código de Procedimiento Penal, solo comprende el trámite de autorización congresal, pues el mismo se produce una vez ejercida la acción penal propiamente dicha