Que los distintos recursos de casación, todos los cuales fueron admitidos en forma conjunta por
Que los distintos recursos de casación, todos los cuales fueron admitidos en forma conjunta por Auto Supremo de 10 de octubre de 2006 (fojas 324 a 326), expusieron sus petitorios con argumentos que corresponden al siguiente detalle:
1.- Ángel Monrroy Apio, sosteniendo que el Auto de Vista por él impugnado contradice criterios jurídicos expuestos en el Auto Supremo número 549 de 26 de noviembre de 2003, afirmó que, respecto a su caso, no hubo en el Auto de Vista impugnado una adecuada fundamentación, transgrediendo por ello lo establecido en el artículo 124 del Código de Procedimiento Penal. 2.- Betzer Noel Ancasi Magne, presentando los Autos Supremos número 204 de 10 de abril de 2003, número 320 de 14 de junio de 2003 y número 166 de 12 de mayo de 2005 como resoluciones que fueron contradichas por el Auto de Vista que impugnó, manifestó que el Tribunal de Alzada no advirtió que la resolución del Tribunal de Sentencia se dictó sobre la base de una errónea apreciación de pruebas. 3.- Lucía Sandoval Mamani apoyó su petitorio en los Autos Supremos número 455 de 14 de diciembre de 2005, 479 de 8 de diciembre de 2005, 66 de 27 de enero de 2006 y 141 de 22 de abril de 2006, y afirmó que el Auto de Vista contra el cual interpuso su recurso de casación se pronunció en clara contradicción con todos ellos porque se emitió con total falta de fundamentación. 4.- Elsa Viza Sandoval, propietaria del vehículo confiscado, expresó que el Auto de Vista que confirmó la decisión de que se proceda a tal confiscación se dictó en franca contradicción de lo establecido por el Auto Supremo número 166 de 13 de marzo de 2001, por el Auto Supremo número 212 de 28 de mayo de 2002, por el Auto Supremo número 293 de 3 de junio de 2003, por el Auto Supremo número 122 de 2 de marzo de 2004 y por el Auto Supremo número 458 de 15 de noviembre de 2005
- VISTOS: : los recursos de casación interpuestos por Ángel Monrroy Apio (fojas 260 a 262),
- CONSIDERANDO: que los recursos de referencia tuvieron origen en los siguientes antecedentes: 1
- Que los distintos recursos de casación, todos los cuales fueron admitidos en forma conjunta por
- Que para los fines de la resolución que debe emitirse, corresponde señalar que, de conformidad
- Que analizado lo expuesto por los recurrentes en cotejo con los datos que proporcionó el
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
