VISTOS: El recurso de nulidad y casación interpuesto por Reynaldo Velásquez Escalera de fojas 210
Fabricación de sustancias controladas (Declara improcedente el recurso de nulidad y casación)
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Sucre, 4 de agosto de 2008
VISTOS: El recurso de nulidad y casación interpuesto por Reynaldo Velásquez Escalera de fojas 210 a 211, el 1 de noviembre de 2003, impugnando el Auto de Vista emitido el 16 de septiembre del mismo año por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba de fojas 207 a 208, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y Eusebio Veizaga, por el delito de fabricación de sustancias controladas previsto en el artículo 47 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, los antecedentes de la materia, y:
CONSIDERANDO: Que, el Tribunal del Juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de Cochabamba, dictó Sentencia condenatoria pronunciada el 1 de noviembre de 2002 (fojas 190 a 191 vuelta), declarando a Reynaldo Velásquez Escalera y Eusebio Veizaga autores del delito de fabricación de sustancias controladas, previsto y sancionado por el artículo 47 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, imponiéndoles la pena de 6 años de presidio a cada uno de ellos y a ser cumplidas en las cárceles públicas de esa ciudad, pago de 400 días multa a razón de Bs.1.- por día, mas costas, daños y perjuicios ocasionados al Estado, averiguables en ejecución de sentencia
- PARTES: Ministerio Público c/ Reynaldo Velásquez Escalera y Eusebio Veizaga
- VISTOS: El recurso de nulidad y casación interpuesto por Reynaldo Velásquez Escalera de fojas 210
- En esta fase del proceso, el co-imputado Reynaldo Velásquez Escalera, hizo uso del recurso de
- CONSIDERANDO: Que, por memorial de fojas 210 a 211, el abogado del imputado Reynaldo Velásquez
- Que, de lo expuesto y de la revisión detallada del recurso de referencia, se evidencia
- De lo anotado precedentemente, se tiene que, el recurso interpuesto no cumple con lo establecido
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- RELATOR MINISTRO: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
