Auto Supremo AS/0245/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0245/2008

Fecha: 04-Ago-2008

POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, de acuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 644 a 645, en aplicación de los dispuesto por el artículo 307 inciso 1) del Código de Procedimiento Penal, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación deducido por Felipe Jiménez, abogado defensor de oficio en representación del procesado Adrián Ubaldo Lozano Alvis (fojas 635 a 637)