En grado de apelación deducido por la institución demandada, por Auto de Vista Nº 19/2004-SSA-III
En grado de apelación deducido por la institución demandada, por Auto de Vista Nº 19/2004-SSA-III de 6 de febrero de 2004 de fs. 314, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, se deja sin efecto el auto de concesión de alzada y se declara ejecutoriada la sentencia Nº 84/2001 de 13 de octubre de 2001 de fs. 295-297
- AUTO SUPREMO Nº 358 - Social Sucre, 25 de agosto de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducido por la institución demandada, por Auto de Vista Nº 19/2004-SSA-III
- Esta resolución, motivó el recurso de Nulidad, interpuesto por Isabel Tapia Rojas, Alcaldesa a
- Concluye, pidiendo se anulen obrados hasta el vicio más antiguo y sea con multa a
- Que, en ejercicio de la facultad conferida por el art
- Consiguientemente corresponde dar cumplimiento al art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
