CONSIDERANDO: Que, el Juez Primero de Partido en lo Penal de la ciudad de Santa
Conducción peligrosa y lesiones graves en accidente de tránsito (Declara infundado el recurso de casación)
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Sucre, 3 de septiembre de 2008
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Samuel Choquevillca Blanco de fs. 368 y vlta. de obrados, contra el Auto de Vista Nº 319 de 12 de septiembre de 2003 de fs. 366 y vlta., pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Rosa Ortiz de Becerra contra el recurrente por el delito de conducción peligrosa y lesiones graves en accidente de tránsito, previstos y sancionados por los arts. 210 y 261 del Código Penal, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO: Que, el Juez Primero de Partido en lo Penal de la ciudad de Santa Cruz, pronunció la Sentencia Nº 2 de 7 de enero de 2003 de fs. 346 a 348, declarando al procesado Samuel Choquevillca Blanco, autor y culpable de los delitos de conducción peligrosa y lesiones graves en accidente de tránsito, previstos y sancionados por los arts. 210 y 261 del Código Penal, condenándolo a la pena de tres años de reclusión, a cumplir en el centro de rehabilitación "Santa Cruz" de esa ciudad, más pago de costas a favor del Estado y resarcimiento de daños a calificarse en ejecución de sentencia; asimismo, le inhabilita al imputado para conducir motorizados por el periodo de tiempo de un año, computable desde el momento de lectura de la sentencia
- PARTES: Rosa Ortiz de Becerra c/ Samuel Choquevillca Blanco
- CONSIDERANDO: Que, el Juez Primero de Partido en lo Penal de la ciudad de Santa
- En grado de apelación, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial
- CONSIDERANDO: Que, el procesado Samuel Choquevillca Blanco interpuso el recurso de casación de 23 de
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación por los antecedentes doctrinales y jurisprudenciales existentes, se tiene
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- RELATOR MINISTRO: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
