Auto Supremo AS/0237/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2009

Fecha: 24-Nov-2009

Contra esta determinación, el solicitante Félix Amaya Flores, formuló recurso de casación (fs


Contra esta determinación, el solicitante Félix Amaya Flores, formuló recurso de casación (fs. 159-160), en el que afirma que al confirmar la resolución recurrida, el tribunal de apelación no consideró los certificados de fs.13, 14, 15, 16, 17 y 18, ratificados por el Director del Servicio Prefectural de Caminos de Oruro (fs. 37 y 62), que acreditan que cumple con la edad mínima y las 180 cotizaciones necesarias para acceder a la renta de vejez solicitada, exigidos por los arts. 28 del Manual de Prestaciones, 93 del R. Cód. S.S. y 1º de la R.M. Nº 1361, es decir, no aplicaron el art. 14 del D.S. Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, que faculta al SENASIR considerar los documentos que cursan en el expediente, para otorgar los derechos pretendidos