Que efectuado el análisis respectivo no se percibió la violación señalada, pues los Jueces que
Que efectuado el análisis respectivo no se percibió la violación señalada, pues los Jueces que resolvieron el caso en primera instancia constataron que, cuando el recurrente llegó con su vehículo a un puesto de control policial ubicado en la zona de Tambillo en la carretera existente de la ciudad de La Paz a la zona de Desaguadero, los agentes que procedieron a la revisión de rutina encontraron en dicho vehículo bolsas que contenían 13.000 gramos de cocaína
- Partes: Ministerio Público c/ Severino Condori Quispe
- Transporte de Sustancias Controladas
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 28 de agosto de 2003 (fojas 260 a
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación de referencia fue planteado contra el mencionado Auto de
- Que el recurrente sostuvo que dicho Auto de Vista fue emitido con violación de leyes
- Que efectuado el análisis respectivo no se percibió la violación señalada, pues los Jueces que
- Que el hecho de no haber el conductor de ese vehículo llegado a destino, no
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
