POR TANTO: la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
POR TANTO: la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, DECLARA QUE NO HA LUGAR A LA PERENCIÓN DE INSTANCIA con referencia a la demanda contencioso-administrativa formulada por el representante de la Agencia Despachadora de Aduana "Pirámide" impugnando una Resolución de Recurso Jerárquico emitida por el Superintendente Tributario General, debiendo en consecuencia proseguir el trámite respectivo, para cuyo efecto se hace constar que la demanda fue contestada y que se tomó nota de la documentación acompañada y de los datos relativos a domicilio procesal
- PARTES: Agencia Despachante de Aduana Pirámide representada por Alfredo Camacho Effen c/ Superintendente Tributario General
- VISTOS EN SALA PLENA: el memorial de 10 de octubre del año 2008 en curso
- CONSIDERANDO: que el petitorio de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1
- Que siendo esos los antecedentes del caso de autos, se tiene que el petitorio para
- Que efectuado el correspondiente análisis, se concluye que, aunque el demandante actuó seis meses después
- POR TANTO: la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
