POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones, en aplicación de la regla establecida por el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación de fojas 149 vuelta, formulado por Silvestre Vallejos Gutiérrez contra el Auto de Vista emitido el de 11 de septiembre de 2006, por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Cochabamba
- VISTOS: el recurso de casación (fojas 149 vuelta) interpuesto por Silvestre Vallejos Gutiérrez, impugnando el
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación de fojas 149 vuelta, tuvo su origen en el
- CONSIDERANDO: que de la lectura detallada del recurso y de los datos que informan el
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- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
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