CONSIDERANDO: que el recurso de casación de acuerdo a la normativa vigente en el Código
CONSIDERANDO: que el recurso de casación de acuerdo a la normativa vigente en el Código de Procedimiento Penal, no sólo debe cumplir con los requisitos de una demanda nueva de puro derecho, sino que debe observar las formalidades exigidas en los artículos 416 y 417 del ya referido Código, es decir, que el recurso de casación debe ser interpuesto dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista, que el o los precedentes contradictorios deben ser similares en cuanto al hecho resuelto, vale decir que en la fáctico, histórico y legal deben concurrir elementos comunes que los cataloguen de iguales, correspondiendo precisar en términos claros y precisos el sentido jurídico contradictorio existente entre el fallo recurrido y los precedentes, para así poder establecer si en una situación de hecho similar el sentido que se asigna al Auto de Vista impugnado no coincide con el o los precedentes invocados, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance, no siendo suficiente la simple mención o el adjuntar copias de los fallos invocados
- VISTOS: el recurso de casación (fojas 133 a 139) interpuesto el 2 de enero de
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación de acuerdo a la normativa vigente en el Código
- CONSIDERANDO: que de la revisión de obrados, se establece que la recurrente señala que el
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- ?? ?? ?? ?? 1
