Auto Supremo AS/0338/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0338/2009

Fecha: 20-Mar-2009

CONSIDERANDO: que el recurrente en el recurso de casación deducido denuncia que el Tribunal de


CONSIDERANDO: que el recurrente en el recurso de casación deducido denuncia que el Tribunal de Alzada al anular la sentencia absolutoria apelada y ordenar la reposición del juicio oral, hace una valoración ultrapetita, respecto a su edad y sobre la valoración de las pruebas efectuada por el Tribunal de Sentencia, que sobre la base de las declaraciones de sus testigos de descargo lo absuelve de culpa y pena del delito incriminado, señala que el Auto de Vista no está fundamentado y denuncia la existencia de defecto absoluto, por no haber participado un representante de la Defensoría del Niño o Adolescente en la audiencia de fundamentación oral del recurso de apelación restringida deducida por el Ministerio Público Invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 117 de 20 de abril de 2006, sin señalar en términos precisos la contradicción existente entre el precedente y el Auto de Vista impugnado, lo que determina que el recurso de casación deducido no cumple con los requisitos exigidos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal para su admisión