Que efectuado el análisis respectivo, apreciando el hecho de haber transcurrido más de cinco años
Que efectuado el análisis respectivo, apreciando el hecho de haber transcurrido más de cinco años desde el mes de mayo de 2003 en que se inició la causa en cuestión, aún anotando que durante la tramitación del juicio oral se percibieron actos de carácter dilatorio atribuibles a la solicitante, cabe señalar que las dos primeras fases del proceso concluyeron con el Auto de Vista de 25 de abril de 2006, razón por la cual corresponde aplicar la disposición contenida en el artículo 133 del Código de Procedimiento Penal que dispone que todo proceso tendrá una duración máxima de tres años contados desde el primer día del procedimiento
- VISTOS: la solicitud de extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de
- CONSIDERANDO: que la solicitud de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1
- Que efectuado el análisis respectivo, apreciando el hecho de haber transcurrido más de cinco años
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
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