Auto Supremo AS/0164/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0164/2009

Fecha: 18-May-2009

Que, de la revisión de antecedentes que cursan en el expediente, se evidencia que la


Que, de la revisión de antecedentes que cursan en el expediente, se evidencia que la presente causa fue admitida el 21 de abril de 2008 (fojas 130), siendo la Superintendencia Tributaria General citada con la demanda mediante provisión citatoria, el 12 de febrero de 2009 (fojas 164) último actuado procesal realizado por el órgano jurisdiccional comisionado para el efecto, tendiente a activar el procedimiento. Ahora bien, desde este actuado al 13 de febrero de 2009 (fojas 134), fecha del apersonamiento y petición de declaratoria de perención de instancia de la entidad demandada, se establece que no han transcurrido seis meses de inactividad procesal, consiguientemente no concurre el presupuesto procesal previsto por el citado artículo 309 del adjetivo procesal civil