POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en desacuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 144 a 145, de oficio declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL a favor de Freddy Arraya Torrez, por el delito de estelionato previsto y sancionado por el art. 337 del Código Penal, que se siguió en su contra a querella de Marcos Achata Martínez, debiendo cesar todas las medidas que se impusieron en su contra y debiendo procederse al correspondiente archivo de obrados de la presente causa penal
- VISTOS: La remisión de oficio dispuesta a fs
- En ese entendido, el Ministerio Público, invocando la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 y Auto Complementario
- CONSIDERANDO: Que, el órgano jurisdiccional debe analizar en términos objetivos y verificables los orígenes o
- CONSIDERANDO: Que, si bien el presente proceso en su tramitación ha excedido el máximo de
- Remitido el proceso, ante el juez del plenario y radicado por decreto de 29 de
- Finalmente, el defensor de oficio del procesado por memorial de fs
- Como se podrá advertir que desde el inicio del proceso, se ha dejado transcurrir hasta
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
