VISTOS: El recurso de casación de fs
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: 354 Sucre, 26 de junio de 2009
DISTRITO: La Paz
PARTES:Ministerio Público c/ Dulcelene Lemes Tavarez
Transporte se Sustancias Controladas (Declara infundado el recurso de casación)
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Sucre, 26 de junio de 2009
VISTOS: El recurso de casación de fs. 181 a 183, interpuesto por el Representante del Ministerio Público contra el Auto de Vista Nº 24 de 28 de marzo de 2007, cursante a fs. 174 a 175, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Dulcelene Lemes Tavarez por el delito de transporte se sustancias controladas, previsto en el art. 55 de la Ley 1008; el Auto Supremo de admisión de dicho recurso, los antecedentes procesales y:
CONSIDERANDO: Que, sustanciado el proceso penal anteriormente señalado, el 14 de octubre de 2006, el Tribunal Quinto de Sentencia en lo Penal de la ciudad de La Paz, pronunció la sentencia Nº 28/2006, declarando a la imputada Dulcelene Lemes Tavarez, absuelta de la comisión del delito de transporte de sustancias controladas
AUTO SUPREMO: 354 Sucre, 26 de junio de 2009
DISTRITO: La Paz
PARTES:Ministerio Público c/ Dulcelene Lemes Tavarez
Transporte se Sustancias Controladas (Declara infundado el recurso de casación)
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Sucre, 26 de junio de 2009
VISTOS: El recurso de casación de fs. 181 a 183, interpuesto por el Representante del Ministerio Público contra el Auto de Vista Nº 24 de 28 de marzo de 2007, cursante a fs. 174 a 175, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Dulcelene Lemes Tavarez por el delito de transporte se sustancias controladas, previsto en el art. 55 de la Ley 1008; el Auto Supremo de admisión de dicho recurso, los antecedentes procesales y:
CONSIDERANDO: Que, sustanciado el proceso penal anteriormente señalado, el 14 de octubre de 2006, el Tribunal Quinto de Sentencia en lo Penal de la ciudad de La Paz, pronunció la sentencia Nº 28/2006, declarando a la imputada Dulcelene Lemes Tavarez, absuelta de la comisión del delito de transporte de sustancias controladas
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Deducida la apelación restringida por el Representante del Ministerio Público, la Sala Penal Segunda de
- A consecuencia de esta decisión, el Representante del Ministerio Público interpuso recurso de casación a
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- Con estos argumentos, solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido de casación
- CONSIDERANDO: Que, a efectos de resolver el recurso en análisis y considerando que las denuncias
- La exigencia de motivación constituye una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
- En virtud de éstas razones, la ley procesal penal consagra en su art
- La motivación, a la vez que un requisito formal que en la sentencia no se
- La motivación debe ser expresa, clara, legítima y lógica
- En la especie, el tribunal de apelación - en el ejercicio del control de la
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- Será pues en base a estos últimos criterios objetivados de la resolución, que el recurrente
- En consecuencia, teniendo en cuenta que el Tribunal de Sentencia es el que establece la
- En el caso de Autos, el recurrente pretende salvar su negligencia atribuyendo errores en las
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Ángel Irusta Pérez
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
