Que, conforme establece el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, el desistimiento del recurso
Que, conforme establece el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, el desistimiento del recurso de casación produce la ejecutoria del auto de vista, debiendo aceptarse sin más trámite
- VISTOS Y CONSIDERANDO: Que mediante memorial de fs
- Que, conforme establece el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, el desistimiento del recurso
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Proveido. Dra. Gladys Segovia Gracía
