Auto Supremo AS/0385/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0385/2009

Fecha: 22-Jul-2009

CONSIDERANDO: Que, el 30 de octubre de 2008, el juez de sentencia N° 4 de


CONSIDERANDO: Que, el 30 de octubre de 2008, el juez de sentencia N° 4 de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, falló declarando al ahora recurrente, autor y responsable de la comisión de los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza, previstos y sancionados por los artículos 345 y 346 del Código Penal, con referencia al artículo 365 del Código de Procedimiento Penal, acorde al artículo 45 del Código Penal, imponiéndole la pena de tres años y dos meses de reclusión a cumplir en la cárcel pública de "San Antonio", más el pago de costas, daños y perjuicios averiguables en ejecución de resolución a favor de la acusación particular y/o víctima; absolviéndole de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el artículo 335 del Código Penal, acorde a la previsión del artículo 363, párrafo 2) del Código Penal referido, sin costas. Resolución que fue confirmada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista de fecha 27 de febrero de 2009. Esta resolución motivó la interposición del recurso de fojas 102 y vuelta, de obrados, en el que se aduce entre otras cosas, valoración defectuosa de la prueba