CONSIDERANDO: que para los fines de la resolución que corresponda, se cuenta con los siguientes
CONSIDERANDO: que para los fines de la resolución que corresponda, se cuenta con los siguientes datos:
1.- Por el Informe que emitió la Secretaria de Cámara el 27 de junio de 2009 (fojas 235), consta que el Conjuez Edgar Ruck Arzabe se constituyó en la Sala de Audiencia pocos minutos después de su instalación y antes de darse lectura al memorial de recusación
- PARTES interpuesto por Miriam Canedo del Villar c/ Luis Lorgio Landivar y Gustavo Pantoja
- VISTOS EN SALA PLENA: el memorial de 14 de abril de 2009 (fojas 1230), por
- CONSIDERANDO: que por haber el Auto Supremo de referencia desestimado la recusación planteada contra el
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- CONSIDERANDO: que para los fines de la resolución que corresponda, se cuenta con los siguientes
- POR TANTO: la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- No interviene por renuncia al cargo el Conjuez Freddy Tomás Rojas Castellón
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
