Auto Supremo AS/0375/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0375/2010

Fecha: 05-Oct-2010

El demandado asumió plena defensa en el proceso de manera que en ningún momento se


El demandado asumió plena defensa en el proceso de manera que en ningún momento se vulnero el principio de "trascendencia", en virtud del cual no hay nulidad de forma, si la alteración procesal no tiene trascendencia sobre las garantías esenciales de defensa en juicio, es decir, que se impone para enmendar los perjuicios efectivos que pudieran surgir de la desviación del proceso y que supone restricción de las garantías a que tienen derecho los litigantes, responde a la máxima "no hay nulidad sin perjuicio", lo que significa, que no puede hacerse valer la nulidad cuando la parte, mediante la resolución, no haya sufrido un agravio