CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social
VISTOS: El recurso de casación o nulidad de fs. 104-105, interpuesto por Henry Dueri Saba, en representación del Hotel Presidente, contra el Auto de Vista Nº 020/07-SSA-III de 9 de febrero de 2007 cursante a fs. 101 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso laboral sobre pago de beneficios sociales, seguido a demanda de Edgar Ticona Limachi contra la empresa que representa el recurrente, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 4/2006 de 6 de febrero de 2006, cursante a fs. 85-88, por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 12-13, disponiendo que la empresa demandada, cancele al actor la suma de Bs. 3.255,97 por indemnización, desahucio y aguinaldo en duodécimas, menos lo cancelado acreditado a fs. 5
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación a instancia del representante de la empresa demandada (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación o nulidad de fs
- Por otra parte, no se consideró los pagos a cuenta de los beneficios, pues solo
- Concluyó indicando que al existir errores en la sentencia y en el auto de vista,
- CONSIDERANDO II: Que, conforme ha establecido la jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de casación
- Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente,
- Que, en este marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente y hace inviable
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula honorarios por no haber sido respondido el recurso
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Esteban Miranda Terán
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
