Auto Supremo AS/0499/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0499/2010

Fecha: 24-Nov-2010

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de


Que en ese marco legal, lo expuesto en el recurso resulta insuficiente y hace inviable su consideración, porque impide a este tribunal supremo abrir su competencia, debiendo darse cumplimiento a los arts. 271 inc. 1) y 272 inc. 2) del Cód. Pdto. Civ., aplicables por mandato del art. 252 del Cód. Proc. Trab.,

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el num. 1 del art. 60 de la L.O.J., declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 105-106, sin costas en todo el proceso en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178, en consideración a que la empresa demandada es una entidad pública dependiente de la Prefectura del Departamento de Tarija