CONSIDERANDO: Que, de tales antecedentes, se ha podido establecer que los encausados Freddy Valdivia Rocha,
CONSIDERANDO: Que, de tales antecedentes, se ha podido establecer que los encausados Freddy Valdivia Rocha, Jorge enrique Quinteros e Iván Bernardo Díaz Serrudo, asumieron defensa conforme a ley, haciendo uso de los recursos previstos por ley, dilatando el curso normal del proceso, con el juzgamiento en rebeldía, notificaciones por edictos, etc. Por otro lado, se colige que el proceso fue tramitado en el tiempo que le permitió el sistema procesal penal imperante, no se evidencia demora o dilación indebida que pueda ser atribuida a negligencia de la administración de justicia ni al Ministerio Público, por el contrario, las audiencias para el verificativo de la causa, fueron señaladas de acuerdo a la carga procesal imperante, concluyéndose que los procesados señalados resultan responsables de la dilación del presente caso
- DISTRITO: Cochabamba
- PARTES: Ministerio Público c/Freddy Valdivia Rocha, Jorge Enrique Quinteros Ramos e Iván Bernardo Díaz Serrudo
- CONSIDERANDO: Que, la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 de 14 de septiembre de 2004 define los
- CONSIDERANDO: Que, al ser la excepción de extinción de la acción penal de previo y
- A fojas 161, el encausado Freddy Valdivia Rocha pide ampliación de plazo para suscribir el
- A fojas 192 cursa auto de revocatoria del beneficio de libertad concedido a Freddy Valdivia
- A fojas 194, apela de la resolución de revocatoria el procesado Freddy Valdivia Rocha
- A fojas 251 Freddy Valdivia pide ampliación de plazo para suscripción del libro de presentación
- A fojas 255, el coprocesador Iván Díaz Serrudo, asume defensa
- A fojas 263 cursa el actuado de suspensión de audiencia de declaración confesoria por inasistencia
- A fojas 265 vuelta, se declara rebeldes y contumaces a la ley a los encausados
- El fallo de primera instancia es apelado por Freddy Valdivia Rocha, según corre a fojas
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- CONSIDERANDO: Que, de tales antecedentes, se ha podido establecer que los encausados Freddy Valdivia Rocha,
- Asimismo, la extinción de la acción penal no se opera de manera automática con el
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en uso de
- Regístrese, hágase saber
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 3/2010
