En mérito a lo expuesto, corresponde observar la disposición contenida en el art
En mérito a lo expuesto, corresponde observar la disposición contenida en el art. 272-2) del Código de Procedimiento Civil, aplicable por mandato de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo
- AUTO SUPREMO Nº 628 Social Sucre, 16 de noviembre de 2010
- PARTES: Mariana Angelina Gambarte Julio y otros c/ SABSA S.A
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por ambas partes (fs
- Que, contra el mencionado auto de vista, la empresa demandada "SABSA", interpone recurso de casación
- CONSIDERANDO II: Que, en los términos como se encuentra formulado el recurso, se advierte que,
- El cumplimiento de las formalidades reclamadas por el art
- Precisando aún más, en el AS. 035-Social I, de 26110106, éste Tribunal estableció
- Esta tarea, sin embargo, no tendría sentido si se la entendiera en el Marco de
- En el caso presente, el recurrente, si bien alega error de hecho, empero, como se
- En mérito a lo expuesto, corresponde observar la disposición contenida en el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 16 de noviembre de 2010
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
