Auto Supremo AS/0654/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0654/2010

Fecha: 16-Nov-2010

En la especie, ninguno de los recursos que se analizan cumple con la técnica recursiva


En la especie, ninguno de los recursos que se analizan cumple con la técnica recursiva que exige esta acción extraordinaria, por cuanto, el recurrente Grupo ALCOS S.A., que dice plantear recurso de nulidad al amparo del art. 210 del Cód. Proc. Trab., sin embargo, lo hace sin adecuar su reclamo a las causales de procedencia de esta acción extraordinaria expresamente previstas en los arts. 258 y 253 del Cód. Pdto. Civ., conforme la norma remisiva contenida en el art. 252 del Cód. Proc. Trab., antes citado, de tal manera que, a falta de la fundamentación apropiada de las causales de fondo o forma que podía invocar, por separado, impugnando el fallo de alzada, incurre en la confusión de demandar la "nulidad" del auto de vista, pidiendo que la Corte Suprema de Justicia, "case" el auto de vista recurrido, confirmando la sentencia, petitorio incongruente y contradictorio que hace inviable su consideración, porque no se adecua a la inteligencia de los arts. 250, 253, 254, 271, 274 y 275 del Cód. Pdto. Civ