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2.- Adela Gutiérrez Cossío manifestó que el fallo que la condenó a diez años de presidio por tráfico ilícito de estupefacientes es totalmente injusto, pues no hubo durante la sustanciación de la causa prueba plena ni semiplena que demuestre que hubiera cometido ese delito, sino que, propiamente, lo único que se pudo acreditar es que fue autora del hecho calificado como encubrimiento de los actos ejecutados por su conviviente, razón por la cual corresponde que se aplique a su caso la previsión contenida en el artículo 75 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas que, en relación a ese comportamiento, dispone que procede la excepción de sanción con referencia a ascendientes, descendientes, cónyuge o conviviente
- Expediente: Santa Cruz 153/2004
- Partes: Ministerio Público c/ Herman Villarroel Gil, Adela Gutiérrez Cossio y otros
- Delito: Tráfico de sustancias controladas
- Relator: Ministro José Luís Baptista Morales
- VISTOS: los recursos de casación presentados entre el 6 y el 27 de mayo de
- CONSIDERANDO: que en atención a datos proporcionados por un informante, Agentes de la Fuerza Especial
- Que sobre esa base, sustanciada la respectiva causa con sujeción a las reglas del Código
- Que por haber sido confirmada esa sentencia por el Tribunal de Apelación, se presentaron los
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- Que efectuado el análisis correspondiente, se pudo apreciar que la sentencia dictada en primera instancia
- Que las tres personas recurrentes presentaron sus respectivos petitorios sin cumplimiento de los requisitos exigidos
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
