Auto Supremo AS/0422/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0422/2010

Fecha: 15-Dic-2010

Que sobre esa base, sustanciada la respectiva causa con sujeción a las reglas del Código


Que sobre esa base, sustanciada la respectiva causa con sujeción a las reglas del Código de Procedimiento Penal de 1972 contra las personas mencionadas en el rubro, se dictó en primera instancia la sentencia de 21 de julio de 2003 (fojas 396 a 406) que emitió las siguientes decisiones: a) Declaró a Herman Villarroel Gil y a Adela Gutiérrez Cossío autores del delito de tráfico ilícito de sustancias controladas y condenó a cada uno de ellos a la pena de diez años de presidio; b) Declaró que María Saucedo López viuda de Cadario actuó como cómplice para la comisión del indicado delito y la condenó a la pena de seis años y seis meses de presidio; c) Declaró que Gloria Patricia Oyola Suárez cometió el delito de encubrimiento, y la condenó a la pena de cuatro años y seis meses de presidio