CONSIDERANDO: que al haberse abolido en la nueva Constitución Política del Estado Plurinacional, el privilegio
CONSIDERANDO: que al haberse abolido en la nueva Constitución Política del Estado Plurinacional, el privilegio constitucional del que gozaban algunas autoridades Estatales entre ellos los ex Ministros de Estado, al ser esta Carta Magna de aplicación inmediata a todas las situaciones existentes y pendientes de resolución, es necesario referirse a la situación jurídica del caso de autos, toda vez, que el artículo 184 numeral.4) Constitucional, establece: "Juzgar, como tribunal colegiado en pleno y en única instancia, a la Presidenta o al Presidente del Estado, o a la Vicepresidenta o al Vicepresidente del Estado, por delitos cometidos en el ejercicio de su mandato. El juicio se llevará a cabo previa autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional, y por decisión de al menos dos tercios de los miembros presentes, y a requerimiento fundado de la Fiscal o del Fiscal General del Estado, quien formulará acusación si estima que la investigación proporcionó fundamento para el enjuiciamiento. El proceso será oral, público, continuo e ininterrumpido. La ley determinará el procedimiento"
- PARTES: Ministerio Público y Otra c/ Luís Alberto Gemio y Otros
- CONSIDERANDO: que la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia constituida como Alto
- Quedando así establecido, que en el desarrollo de la investigación la Sala Penal Primera de
- CONSIDERANDO: que al haberse abolido en la nueva Constitución Política del Estado Plurinacional, el privilegio
- Por su parte, la Ley para el Juzgamiento de la Presidenta o Presidente y/o de
- De lo señalado, se extrae que la Ley 044/2010 continúa otorgando competencia a la Sala
- En ese entendido se debe tener claro, que la competencia es la atribución jurídica otorgada
- En consecuencia, actuando conforme a las previsiones y alcances del artículo 184 numeral
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en uso de
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 4/2010
