En ese entendido, de la revisión del Recurso de Casación en análisis, se advierte que
En ese entendido, de la revisión del Recurso de Casación en análisis, se advierte que los recurrentes no interpusieron Recurso de Apelación Restringida, empero, al haberles afectado la decisión del Auto de Vista se abrió la figura del persaltum en su favor, por lo cuál en tiempo hábil y oportuno los acusadores públicos dependientes tanto del Ministerio Público como del Municipio de Villamontes recurrieron de Casación, realizando inicialmente una relación concisa del Auto de Vista recurrido y afirmando por el principio de inmediación, que es el Juez natural el que conoce a las partes, que vio desfilar las pruebas y por ende el Tribunal de alzada no puede valorar nuevamente la prueba presentada en juicio, denunciando que ese hecho hubiera ocurrido en el caso de autos, contrariando la jurisprudencia sentada en el Auto de Vista de fecha 25 de abril de 2005, emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito de La Paz, y por último, solicitaron dejar sin efecto el Auto de Vista No 58/2008
- CONSIDERANDO: que, por determinación del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- En ese entendido, de la revisión del Recurso de Casación en análisis, se advierte que
- Que así expuesto el Recurso de Casación, se puede llegar a determinar que el mismo
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- ibro de Tomas de Razón 4/2010
