Que así expuesto el Recurso de Casación, se puede llegar a determinar que el mismo
Que así expuesto el Recurso de Casación, se puede llegar a determinar que el mismo cumple con los requisitos establecidos en el artículo 417 del Código Procesal Penal, porque fue formulado dentro del plazo establecido, donde los recurrentes proveyeron todos los antecedentes del hecho y mencionaron como precedente contradictorio al Auto de Vista de 25 de abril de 2005 (SP-La Paz), si bien no adjuntaron copia de la Apelación Restringida este requisito no es óbice para no admitir el recurso, máxime si se infiere una posible contradicción entre el precedente mencionado y el Auto de Vistarecurrido
- CONSIDERANDO: que, por determinación del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- En ese entendido, de la revisión del Recurso de Casación en análisis, se advierte que
- Que así expuesto el Recurso de Casación, se puede llegar a determinar que el mismo
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- ibro de Tomas de Razón 4/2010
