Auto Supremo AS/0699/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0699/2010

Fecha: 21-Dic-2010

De la revisión de los antecedentes del recurso de casación interpuesto por el querellante Julio


De la revisión de los antecedentes del recurso de casación interpuesto por el querellante Julio Enrique Benítez (fojas 1041 a 1046 vuelta), se advierte lo siguientes: a) por datos de fojas 1038, el acusador particular fue notificado en fecha 3 de abril de 2008 (fojas 1038), con el Auto de Vista complementario de 18 de marzo de 2008 (fojas 1018 y vuelta); y, b) el recurso de casación fue presentado a horas 09:11 del día 10 de abril de 2008 tal como se colige por datos de fojas 1046 vuelta. Resultando, que el recurso de casación fue interpuesto fuera del plazo previsto por el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal. En definitiva, era obligación del recurrente cumplir con este requisito mínimo común a la admisibilidad del recurso de casación, por lo que al ser evidente su inobservancia, corresponde denegar el mismo conforme a la previsión del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal